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Atención estomatológica a escolares de la educación primaria y media

Stomatologic care for primary and secondary school children


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RESUMEN

Se exponen aspectos generales del Reglamento de Salud para la Educación Primaria y Media, como documento normativo para el Sistema Nacional de Educación (CUBA), cuyo cumplimiento debe se garantizado por el personal docente y de salud que labora en las diferentes instituciones de ambos sistemas. Se señalan los principales aspectos relativos a la Sección de Estomatología del citado reglamento, que comprende los elementos generales relacionados con las direcciones sectoriales de salud y educación y de sus instituciones en todo el territorio nacional, las principales funciones educativas, preventivas y curativas del personal estomatológico y las características de la atención estomatológica sistemática a través de la aplicación del Sistema Incremental de Atención, su planificación, organización y control.

Palabras clave: SERVICIOS DE ODONTOLOGIA ESCOLAR.

INTRODUCCION

En el mes de enero de 1986 fue firmada por los Ministros de Salud Pública y de Educación, respectivamente, la Resolución Conjunta MINED-MINSAP, que pone en vigor el Reglamento General para la Educación Primaria y Media, documento normativo para el Sistema Nacional de Educación, dirigido al control y protección de la salud de los niños, adolescen-tes y jóvenes quiénes requieren una atención esmerada por parte de los educadores y de los trabajadores de la salud. En él se establecen las normas mediante las cuáles se controla el cumplimiento de las medidas sanitarias generales y específicas tendentes a promover la salud y prevenir las enfermedades de los educandos.

El personal docente y de la salud pública de las diferentes instituciones en todo el país deben garantizar el cumplimiento de los aspectos contenidos en el reglamento, el cual debe ser estudiado, según está orientado, y mantenido como material de consulta permanente.

Dentro del reglamento existe una sección dedicada a la atención estomatológica a los escolares, que incluye algunos aspectos acerca de la responsabilidad que compete a las direcciones sectoriales de salud y educación y de sus instituciones, así como sobre las funciones del personal estomatológico designado para la atención a los escolares y los elementos organizativos, de planificación y control del sistema incremental de atención que deben cumplirse para su adecuada ejecución.

Teniendo en cuenta que han transcurrido 8 años desde su instauración, hemos considerado necesario "refrescar" los aspectos fundamentales referidos a la atención estomatológica recogidos en ese documento, al tiempo que actualizar, a la luz de las experiencias obtenidas y los conocimientos actuales, algunos de sus postulados.

ASPECTOS OPERACIONALES

La Dirección Nacional de Estomatología del Ministerio de Salud Pública es la unidad organizativa mayor, encargada de elaborar las normas y regulaciones para la atención estomatológica a los alumnos de la Educación Primaria y Media, en concordancia con el Programa Nacional de Atención Estomatológica a la población y demás documentos que establecen las medidas adecuadas para prevenir, mantener y restaurar la salud bucal de los niños, adolescentes y jóvenes educandos.

La responsabilidad en cuanto a la prestación de la atención recae en las direcciones sectoriales de salud y educación del Poder Popular en todas las instancias y más directamente, en las direcciones de las clínicas estomatológicas, policlínicos, servicios escolares, hospitales y demás servicios estomatológicos a los cuales se encuentran asignadas para su atención, las instituciones del Sistema Nacional de Educación.

Al propio tiempo, las instituciones del Sistema Nacional de Salud que prestan la atención estomatológica a los escolares, deben garantizar la asistencia del personal estomatológico a los servicios y a los centros escolares asignados para la ejecución de las actividades correspondientes.

Por su parte, las direcciones sectoriales de educación deben garantizar la asistencia de los alumnos a los servicios estomatológicos en las fechas y horarios acordados previamente; se debe seleccionar un personal que responda por la actividad, incluyendo el traslado de los escolares cuando ello sea necesario.

De igual modo, las direcciones de los centros docentes deben brindar todas las facilidades requeridas al personal de estomatología para que puedan realizar encuestas epidemiológicas, aplicaciones de medidas preventivas (enjuagatorios de flúor, barniz de flúor, control de placa dentobacteriana, etcétera) y actividades educativas y curativas así como garantiza la higiene y el confort de los locales que ocupan los servicios estomatológicos en los centros en que estos existen.

FUNCIONES DEL PERSONAL ESTOMATOLOGICO

La atención estomatológica integral a los escolares cumple funciones eminentemente educativas preventivas y curativas.

Las funciones educativas se desarrollan principalmente mediante la orientación a escolares, padres, familiares y personal docente sobre higiene bucal, según lo establecido en el programa Nacional de Atención Estomatológica a la población y las Normas de Educación para la salud en estomatología.

Las funciones preventivas se llevan a cabo mediante la ejecución de las actividades siguientes:

Las funciones curativas que se llevan a cabo son:

ATENCION ESTOMATOLOGICA SISTEMATICA

Como estrategia o método organizativo, se utiliza el sistema incremental de atención, lo que permite alcanzar mayores resultados, al aumentar al máximo el número de pacientes y reducir al mínimo las necesidades.

En la fase preventiva, se ofrece cobertura a toda la población escolar. El ciclo se repite periódicamente, según el programa, lo que depende de la organización de las distintas actividades preventivas a ejecutar.

En ese sentido, debe destacarse que las actividades preventivas se realizan fundamentalmente en los propios centros escolares, aunque también son realizados en los servicios estomatológicos.

En la fase curativa, se ofrece cobertura hasta el 50 % de la capacidad de los recursos estomatológicos existentes en cada servicio y en el 100 % en los ubicados en los centros escolares. El programa de tratamiento se ejecuta una vez al año, de manera escalonada, por grados escolares.

El tratamiento inicial o primer ciclo, incluye las necesidades acumuladas o prevalencia y el tratamiento denominado "de mantenimiento", a partir del segundo ciclo, incluye nuevas necesidades o incidencia.

El examen clínico anual y la confección de la historia clínica correspondiente, debe ser realizado principalmente en los servicios estomatológicos, aunque de acuerdo con las condiciones de cada territorio, no se descarta la posibilidad de que pueda realizarse en los propios centros escolares, según la cobertura y programación mensual.

CONSIDERACIONES FINALES

La extensión o cobertura del programa en cada lugar, depende del número de escolares matriculados, el personal estomatológico disponible y la morbilidad y severidad de las enfermedades que afectan a los educandos.

Asimismo, la programación de la atención estomatológica a los alumnos y su cumplimiento, deben ser objeto de análisis conjunto periódicamente, entre las Direcciones Sectoriales de Salud y Educación y sus instituciones a todos los niveles.

 

Dr. Amado Rodríguez Calzadilla. Ministerio de Salud Pública. Dirección Nacional de Estomatología. Calle 23 esquina a N, Vedado, Ciudad de La Habana, Cuba.

<1>Especialista de II Grado en Administración de Salud. Funcionario de la Dirección Nacional de Estomatología del Ministerio de Salud Pública.

<2>Especialista de II Grado en Administración de Salud. Director Nacional de Estomatología del Ministerio de Salud Pública.


Dr. AMADO RODRIGUEZ CALZADILLA<1> y Dr. LUIS DELGADO MENDEZ<2>

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. DIRECCION NACIONAL DE ESTOMATOLOGIA

Revista Cubana de Estomatología



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